En una entrevista exclusiva con el programa Interrogantes, Fernando Galván conversó con el Dr. Pablo Pirovano, abogado y socio de PASBBA Abogados, sobre la reciente reglamentación de la Ley Base y el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI).
El Dr. Pirovano explicó que la primera parte de la reglamentación ya ha sido publicada en el Boletín Oficial, y que en los próximos días se espera la reglamentación del régimen de incentivo. “El régimen de incentivo, conocido como RIGI, está sujeto a reglamentación y se resolverá en los próximos días. La autoridad de aplicación aún está pendiente de precisarse, pero será quien tenga facultades para aprobar cada proyecto presentado”, comentó Pirovano.
Ante la pregunta sobre la posibilidad de reducir los montos mínimos de inversión para permitir un mayor ingreso de inversores, el Dr. Pirovano fue claro: “Es difícil que el monto pueda ser reducido por debajo de los 200 millones de dólares, ya que está previsto en la ley. Incluso, el monto puede aumentar en diferentes subsectores, pero no podrá establecerse por encima de los 900 millones de dólares”.
El Dr. Pirovano también aclaró quiénes estarán en condiciones de ingresar al RIGI. “No creo que sea prohibitivo para el inversionista argentino. Las empresas que adhieran deberán tener un capital propio o vía préstamos financieros suficientes para hacer una inversión en categorías críticas. El régimen apunta a inversiones de gran porte y ofrece beneficios fiscales, cambiarios y aduaneros importantes”, explicó.
Además, destacó que las empresas que se adhieran al RIGI deberán ser sociedades anónimas o sociedades de inversiones que establezcan un vehículo de proyecto único. “No podrá ser una empresa con multiplicidad de objetos o proyectos en funcionamiento. También se ha establecido la posibilidad de crear una unión transitoria de empresas o una sucursal dedicada para la inversión puntual”, añadió.
El Dr. Pirovano concluyó la entrevista mencionando los beneficios fiscales y aduaneros que ofrece el RIGI, incluyendo exenciones fiscales, reducciones de presencia y cuotas de ganancias, así como la posibilidad de utilizar créditos fiscales.
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